: Se declara Subsanada la cuestión previa alegada por la parte demandante según escrito de fecha veintinueve (29) de enero de 2018, (f.286-289), presentado por la ciudadana ROKSSIBET ANDREINA VAZQUEZ JAIMEZ, identificada en autos, asistida por el abogado en ejercicio Maruen B. Quintero N., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.283.752, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 193.843, con el carácter de parte demandante en forma voluntaria.