Decisión
En fuerza de los razonamientos expuestos, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Declara que el penado JAVIER ALEXANDER BRAVO BOTTINI (identificado en autos) hasta la presente fecha (inclusive) ha acumulado un tiempo de pena cumplido equivalente a ocho (08) años y diez (10) días; faltándole por cumplir un tiempo de pena de doce (12) años, once (11) meses, veintiséis (26) días y diez (10) horas de presidio, que terminará de cumplir el día 13 de junio de 2021, a las diez de la mañana; Segundo: Rechaza ab initio, la solicitud de confinamiento cursada por el defensor del penado JAVIER ALEXANDER BRAVO BOTTINI (identificado en autos). Y así se decide. Notifíquese la presente decisión a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público, al defensor solicitante y al penado en mención. Remítase c.....