Se publicó el texto íntegro de la sentencia condenatoria por admisión de los hechos, en la que se Condena a JOSE TRINIDAD URRIBARRI MORENO, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor y responsable del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el articulo 453 numerales 4 y 6 del Código Penal, mas las accesorias de Ley previstas en el art. 16 CP; no se condenó al penado al pago de costas procesales de conformidad con el artículo 26 de la CRBV Se acordó la remisión de las actuaciones al Tribunal de Ejecución, una vez quede firme la decisión La decisión se fundamentó en los Art. 2, 26, 49 y 257 de la CRBV y los Art. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 13, 364, 365, 367 y 376 del COPP y los Art. 37 y 453 num. 4 y 6 del CP.
LA JUEZ (T) DE JUICIO N° 03
ABG. VILMA MARIA TOMMASI ESCALONA