Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Procedimiento Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido contra la Providencia Administrativa de efectos particulares Nro. 00631-2016 de fecha 26 de diciembre de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Bolivariano de Mérida en el expediente administrativo Nro. 046-2016-01-00918 que fue interpuesto por la ciudadana BELKIS DEL CARMEN VILLASMIL MORA, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.25034, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo previsto en el artículo 98 del Decret.....