L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, EL DIVORCIO solicitado por el ciudadanoJESUS ASDRUBAL RAMIREZ GUERRERO,titular de la cédula de identidad Nº V- 12.800.603, parte demandante, asistido por la abogada MILENA ALEXANDRA MERCADO MERCADO, ambos de este domicilio y hábiles en el cualsolicita elDIVORCIO 185 del código civil venezolano en concordancia con la sentencia N° 1070, de fecha 09 de diciembre del 2016 de La Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia, en contra de la ciudadanaMARIELA DEL CARMEN ROSALES GUERRERO, titular de la cedula de identidad N° V- 14.806.172,la demanda formulada y consecuencialmente, declara la DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL entre los cónyuges,expedida por el Registro Civil de la Arias del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, Partida.....