ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa a favor de los ciudadanos RAMON ANTONIO CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.394., residenciado en la Urbanización Bubuqui 5, calle 5 de Julio, El Vigía Estado Mérida; y ENDER ALFONSO RAMIREZ MORILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.394.499, residenciado en el Barrio el Carmen, avenida 15 con calle 1 N° 1-15, El Vigía Estado Mérida, en Perjuicio de RAMON ANTONIO CONTRERAS, supra identificado. De conformidad con lo establecido en los artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los Artículos 3l8, ordinal 3º y 48 Ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, Y Artículo 108, ordinal 7º del Código Penal. Y as.....