Primero: INADMISIBLE LA MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por el abogado José Luis Rosas Moncada, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.816.456, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.480, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la empresa COMERCIALIZADORA SNACKS S.R.L., contra la Providencia Administrativa N° 00237-2010, de fecha 29 de noviembre de 2010, del expediente administrativo No. 046-2010-01-00447, y suscrito por el abogado Yoberty Jesús Díaz Vivas, en su carácter de Inspector Jefe del Trabajo del Estado Mérida, según Resolución N° 6434 de fecha 22 de mayo de 2009, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Segundo: IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por el abogado en ejercicio José Luis Rosas Moncada, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.816.456, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.480, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la empresa COMERCIALIZADORA SNACKS S.R.L, contra la Provide.....