DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de REIVINDICACIÓN incoada por el ciudadano JOSE ADALGI DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-3.226.030, debidamente representado por los abogados en ejercicio BELINDA COROMOTO RIVAS y GERARDO JOSE PABON VALIENTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-6.826.510 y V-11.954.233, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 130.707 y 77.373, en contra de la ciudadana SYLVIA MARIA GONZALEZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.657.934, debidamente representada por el abogado en ejercicio GASTÓN ANTONIO LARA MOREL, venezolano, ma.....