Se negó inspección judicial promovida en el escrito de pruebas en el capítulo VI epígrafe SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL, en virtud de que la misma es manifiestamente ilegal, por no ajustarse a las previsiones del artículo 472 del Código de Procedimiento Civil, pues, el promovente omite indicar en forma clara y precisa el lugar donde se ha de practicar la inspección judicial.