Considera este Tribunal que encontrándonos en la fase de ejecución forzosa y ante la necesidad del procedimiento, de verificar los hechos narrados por la ciudadana a realizar en el inmueble que fue objeto del juicio, según sentencia de este Tribunal e informe del partidor que se encuentran definitivamente firmes, a los efectos de continuar con la ejecución forzosa, solicitada por el demandante ciudadano PEDRO ANTONIO ZAMBRANO URREA, a quien se ordena notificar para que al primer (01) día de despacho siguiente a que conste en autos su notificación de contestación, hágalo o no, se resolverá dentro del tercer (03) día lo que considere justo, a menos que haya necesidad de esclarecer algún hecho, caso en el cual abrirá una articulación por ocho (08) días sin término de la distancia, la cual se decidirá en el noveno día.
A propósito de la solicitud del traslado y constitución para la práctica de la Inspección Judicial, este Tribunal no hace especial pronunciamiento por considerar que, n.....