DISPOSITIVA.
Por las razones de hecho y de derecho ya analizadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 03, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO, celebrado entre el Acusado, ELVIS GUTIERERZ ALBORNOZ y la víctima, ciudadano GOLFREDO ROJAS HERNANDEZ, en los términos señalados en la audiencia, y como consecuencia de ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda SUSPENDER EL PROCESO hasta el cumplimiento definitivo del acuerdo, para lo cual se establece como fecha, el 28 de Noviembre de 2005, a las ocho de la mañana (8:00 a.m), para lo cual quedaron todas las partes notificadas en la audiencia. Cúmplase, Publíquese, Regístrese, y agréguese la presente decisión en original a las actuaciones. Todo conforme el artículo 324 del Códi.....