Por Decisión N° 391/08, este Tribunal ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 318 numeral 3 ejusdem, a favor de FRINETH JOSEFINA MOLINA FERNÁNDEZ, venezolana, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.022.813, por el delito de AMENAZAS, cometido en perjuicio de las ciudadanas MAYRA ALEJANDRA LUZARDO GARCÍA y ADELINA GARCÍA DE LUZARDO; así mismo a favor de FRANK JOSÉ MOLINA FERNÁNDEZ, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.149.666, por los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZAS, cometidos en perjuicio de la ciudadana MAYRA ALEJANDRA LUZARDO GARCÍA; en vista del cumplimiento de las obligaciones impuestas a los acusados de autos, tal y como se evidencia de los Informes de Finalización insertos en la causa.-