DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, actuando en sede Constitucional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta en fecha 13 de noviembre del 2009, por la ciudadana LUZ ALBA DEL VALLE MARIN QUINTERO, asistida por la profesional del derecho ELOISA ANGULO DE GALUÉ contra el Inspector del Trabajo Jefe en el Estado Mérida YOBERTY JESUS DIAZ VIVAS.
Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese y Regístrese y déjese copia certificada del presente fallo por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en Mérida a los a .....