PRIMERO: HOMOLOGA el "DESISTIMIENTO" efectuado por la parte demandante ANA TERESA DAVILA RODRIGUEZ, a través de su Apoderada Judicial abogada YASMILA JOSEFINA GUANIPA QUERO, identificadas en autos, en diligencia de fecha once (11) de Agosto del año dos mil once (2011), que corre agregada al folio 163 del presente expediente, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, se dará por terminado el juicio y se ordenará el archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión.
Notifíquese a las partes de la presente decisión por haber salido fuera del lapso de ley de acuerdo al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense las respectivas boletas y entréguense al Alguacil de este Tribunal a quien se comisiona amplia y suficientemente para que entregue la de la parte actora en el domicilio procesal indicado por la pa.....