este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara sin lugar por improcedente la solicitud formulada por el abogado en ejercicio NESTOR SAMBRANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora .Y así se establece.