Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No.06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Estima acreditada, con las actuaciones acompañadas con la representación fiscal, anteriormente determinadas, la comisión de un hecho punible, perseguible de oficio, que amerita medida restrictiva de libertad, cuya acción penal para perseguirlo no se encuentra evidentemente prescrita, que el Ministerio Público precalifica como constitutivo del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Califica como flagrante la aprehensión del investigado de autos JAVIER QUINTERO PAREDES, de conformidad con lo establecido en los artículos 44.1 Constitucional, 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre d.....