PARTE DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la medida de secuestro solicitada por la parte actora y fundamentada jurídicamente en el ordinal 5º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, en la presente causa, sobre un inmueble constituido por un apartamento ubicado en la Calle 36, Avenida Gonzalo Picón, Parroquia El Llano, Edificio Don Vicenzo, Piso 4, Número A-4, del Municipio Libertador del Estado Mérida.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: Por cuanto la decisión sale fuera del lapso legal previsto en el único aparte del artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la notificación de las partes, con el entendido que en el día de d.....