PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 23 de febrero de 2017 (folio 314), por la ciudadana ESPERANZA COROMOTO PEÑALOZA QUINTERO, en su carácter de representante legal de la parte demandada, sociedad mercantil "BORJAS PEÑALOZA C.A. (BORPECA)", inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 11 de Junio de 1.997, bajo el Nº.08, Tomo A-6, asistida por el profesional de derecho JOSÉ OSWALDO CAÑAS SUÁREZ, contra la sentencia definitiva dictada el 07 de febrero de 2017 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido por la ESTACIÓN DE SERVICIOS LATINO S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 6 de Agosto de 1.985, bajo el Nº.20, Tomo A-7, representada pos sus Directo.....