Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil hecha por la ciudadana YNES EMILIA PARRA ALIZO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.238.034, número de teléfono: 0412-6572884, correo electrónico: ynes10parra@gmail.com, domiciliada en la Palmita, Sector casco central, calle 2, Casa s/n, Parroquia Gabriel Picón González , Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, y hábil, asistida por la ABG. LIGIA XIOMARA MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.241.460, Inscrita en el Inpreabogado bajo N° 194.987 , con el carácter de Defensora Publica Provisorio Segunda de Competencia Civil, Mercantil y Transito de la Unidad de la Defensa Publica del estado Mérida sede el vigía, con domicilio procesal, Calle 7 Oficentro Rigbel N° 12-35, entre Avenidas 13 y 14 Sector La Inmaculada, Parroquia Presiden.....