DISPOSITIVA
Por las anteriores consideraciones, este Juzgado de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de prestaciones sociales y por otros conceptos incoada por la ciudadana LUZ MARINA OLIVARES ARAQUE, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.777.024, y debidamente representada judicialmente por los abogados: NÉSTOR RODRÍGUEZ y JESÚS ANÍBAL ANGULO, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles y domiciliados en la ciudad de Ejido Municipio Campo Elías, portadores de las Cédulas de Identidad Nros. 3.990.791 y 8.049.675 en su orden, y debidamente inscritos en Inpreabogado Nros: 77.923 y 48.051 respectivamente,
contra el fondo de comercio- firma personal LAS MIL Y UNA OFERTA DE ARQUÍMEDES FAJARDO, en la persona de su representante legal ARQUÍMEDES FAJARDO.....