ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor RAFAEL HERNANDEZ, se desconocen mas datos; Victima: CAPACHO VILLASMIL LUZ MARINA, de 25 años de edad, Venezolana, soltera, titular de la cedula de identidad N°15.595.144, fecha de nacimiento 28-09- 80, natural del Vigía, residenciada en la Blanca sector las rurales entrando por el Hotel MI tía casa N° 9-32, por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, por los hechos ocurridos: En fecha 25-07-2006(...), conforme al artículo 318 ordinal 3 del ya citado código, que establece que el Sobreseimiento procede cuando:... la acción penal se ha extinguido”, en armonía con lo previsto en el articulo 48 numeral 8 ejusdem, por ello se comprueba que la acción esta evidentemente prescrita, en virtud d.....