DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Acta de Defunción inserta bajo el Nro. Nº 4, año 2014, llevados por el Registro Civil de la Parroquia Gabriel Picón González Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida como en el libro duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Bolivariano de Mérida, del ciudadano: AMADEO MOLINA QUINTERO; como fue colocado erradamente al incluir como hija a la ciudadana NELITZA YUSIN quien en realidad no es hija sino nieta del ciudadano AMADEO MOLINA QUINTERO. En consecuencia, se ordena que se rectifique el error mencionado en el acta de defunción inserta bajo el Nro. Nº 4, de los libros de Registro Civil de Defunción del año 2014 del ciudadano AMADEO MOLINA QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-960.404, de la siguiente manera: debe ser excluido de la anterior Acta de Defunción a la ciudadana NELITZA YUSIN MOLINA DE CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de id.....