En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por considerar que concurren los requisitos previstos en los artículos 236 y 237 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal
PRIMERO: se DECRETA ORDEN DE APREHENSION, contra el acusado ALEXANDER BARTOLO AVENDAÑO RONDON, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.356.935, nacido en fecha 28-09-1976, natural de El Vigía, Estado Mérida, de ocupación obrero, hijo de Liberia Rondón (f) y de Custodio Avendaño (f), domiciliado en Caño Zancudo, vía el Cementerio, casa S/N° frente al taller del señor fructuoso, Santa Elena de Arenales, Municipio Obispo Ramos de Lora del estado Mérida, teléfono 0414-444.56.34 (pertenece a Yaneth Pinzon); en la presente causa seguida por la presunta comisión del delito de ROBO.....