DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 05 EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO:.- El Tribunal admite la acusación por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de LISETH JOSEFINA LOBO DUGARTE, en su totalidad por estar llenos los requisitos , del artículo 326 y 330.2 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo admite en su totalidad el elenco probatorio obtenido lícitamente por la Fiscalía XX del Ministerio Publico, siendo las mismas útiles, legales y pertinentes a los fines de la búsqueda de la verdad de los hechos, explanados en esta audiencia preliminar de conformidad con el 330.9 Ejusdem.
SEGUNDO: Vista la admisión de la acusación. Se impone nuevamente al acusado JHONATTAN ALBERTO CONTRERAS RIVAS, del articulo 130, 131 del Código Orgánico P.....