DISPOSITIVA.
Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO UNIPERSONAL NRO. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a dar dictar la sentencia en su parte dispositiva en los siguientes términos:*******************
PRIMERO: En este estado, el Tribunal una vez revisada la acusación fiscal ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, así como las pruebas ofrecidas por ser las mismas lícitas, útiles y pertinentes para el descubrimiento de la verdad y la realización de la justicia; y por cuanto la misma cumple con los requisitos formales previstos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra de LUIS JAVIER PEÑA FLORES y YGIAN KARLIE RONDON DUGARTE, por el delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en concordancia con el artículo 84 numeral 4 ejusdem, en perjuicio del JACQULINE UTRIA DE RODRÍGUEZ en grad.....