´ este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE PERPETUA MEMORIA, presentada por las ciudadanas MARY LEONOR CARROZ UZCATEGUI y JOSEFA MARIA MORENO DE VILLAVICENCIO en su carácter de conyugue y madre del causante ANTONIO JOSE VILLAVICENCIO MORENO.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANTONIO JOSE VILLAVICENCIO MORENO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 9.477.135, medico, falleció ab-intestato en la Ciudad de Mérida, en fecha 15 de Enero del 2024, según se desprende de la copia certificada del Acta de Defunción número 21, expedida en el Registro Civil de la Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, a las ciudadanas MARY LEONOR CARROZ UZC.....