´Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, formulado por el abogado ASDRUBAL JOSÉ SÁNCHEZ URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.009.945 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 72.256, en contra de la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, en fecha 3 de febrero de dos mil veinticinco (2025).
SEGUNDO: Se confirma la sentencia recurrida de fecha 3 de febrero de 2024, inserta a los folios del 37 al 42 del expediente.
TERCERO: Se condena en costas de conformidad con el artículo 60 d.....