Por las razones expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: la rectificación de: partida de nacimiento, acta de matrimonio del ciudadano: JOSE HILDEMARO VIVAS PEÑALOZA, y acta de matrimonio de los ciudadanos: JOSE LEONCIO VIVAS y ANA ROSA PEÑALOZA; en cuanto a: Su partida de nacimiento: aparece el nombre del solicitante como JOSE ILDEMARO VIVAS PEÑALOZA, siendo lo correcto "JOSE HILDEMARO VIVAS PEÑALOZA"; 2.- Su acta de matrimonio: Aparece el nombre del solicitante como JOSE ILDEMARO PEÑALOZA, siendo lo correcto JOSE HILDEMARO VIVAS PEÑALOZA. 3.- Acta de matrimonio de sus padres ciudadanos JOSE LEONCIO VIVAS y ANA ROSA PEÑALOZA: aparece el nombre del solicitante como JOSE YLDEMARO, siendo lo correcto JOSE HILDEMARO. Queda así rectificada. A tal efecto.....