DECISION
De acuerdo con las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, que por cobro de bolívares, intentó el ciudadano GIOVANNY HUMBERTO CARRERO LABRADOR, titular de la cédula de identidad N° V- 13.230.251, domiciliado en Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, fungiendo como sus apoderados judiciales los abogados JESUS MANUEL PERNIA Y LUIS OSWALDO CARRERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 15.994 y 86.576 del mismo domicilio en contra del ciudadano EDY GREGORIO ROJAS CARDENAS, titular de la cédula de identidad N° V- 8.714.100, domiciliado en Tovar, Estado Mérida, siendo su apoderada judicial la abogada LAURA MELISSA CONTRERAS SULBARAN inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 107.393, domiciliada en Tova.....