PRIMERO: Se decreta la medida de protección a la producción, solicitada en el libelo de la demanda, por la ciudadano GERMAN MORENO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-ll.463.408, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Santos Marquina el sector los Llanitos de Tabay del Estado Mérida, asistido por la abogada MILDRED JANET CARRERO PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.989.197, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 110.528, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida; de conformidad en los artículos 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 585 y 588 parágrafo primero del Código de Procedimiento Civil, sobre en la unidad de producción denominada "Tierra Blanca- El Monte" ubicada en la Mucuy Alta, Sector Filo del Loro, Municipio Santos Marquina de.....