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DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Agustín Ramírez Medina, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente-demandada, sociedad mercantil REPUESTOS DOMESTICOS EL VIGIA, COMPAÑÍA ANONIMA (REDOVICA) contra la sentencia definitiva publicada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en el Circuito Judicial alterno de El Vigía, en fecha 18 de marzo de 2018, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP31-L-2021-000002.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida que declara:
"(...omissis...)
PRIMERO: SIN LUGAR LA .....