DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Se declara IMPROCEDENTE el recurso de revocación ejercido por la Abg. Dayana Carolina Ovalle Silva, con el carácter de Fiscal Provisoria de la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público con competencia en Materia contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales de esta Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 2, 21, 24, 26 y 49 y 51 Constitucional, y los artículos 157, 436, 437 y 438 del texto adjetivo penal. Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Fiscalía Superior del Ministerio Público. Cúmplase.