Se dictó auto y a tenor de lo dispuesto en los artículos 250, 251, Parágrafo Segundo, y 262, ordinales 2° y 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, se ratificó la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del imputado Rafael Antonio Villalba Salinas, quien es colombiano, indocumentado, residenciado en Santa Juana, Calle Principal, vereda 8, casa N° 3-02, diagonal a la cancha, Mérida, Estado Mérida.