Por las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MIXTO DE JUICIO N° 04 DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano PEDRO JOSE GUERRERO DURAN, Venezolano, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido en fecha 28-05-1.980, de 25 años, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-14.268.847, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Urbanización Páez II, vereda 16, casa azul con blanco El Vigía Estado Mérida, hijo de José Vicente Guerrero y Teofila Duran, de los hechos imputados por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público del Estado Mérida, Extensión El Vigía, representada por el Abg. JAIRO CHACON RAMIREZ y que califico como el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal ref.....