PRIMERO: Se declara LA PERENCION BREVE, en la presente causa de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, interpuesta por la ciudadana BELKIS DEL CARMEN HERNANDEZ RAMIREZ, debidamente asistida por la abogado MARIA ELENA BRACHO SALAZAR; en contra de los ciudadanos FRANCISCO BRICEÑO PINO y MAURICIA DE BRICEÑO, ya identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 2º del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Notifíquese a la actora de la presente decisión en su domicilio procesal, todo conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole saber que el lapso para que interponga el recurso que considere pertinente, contra la presente decisión comenzará a correr una vez que conste en autos su notificación. Líbrese boleta.
TERCERO: De conformidad a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
CUARTO: Se ordena la publicación de la presente decisión en el portal de la página web del Tribu.....