Este Juzgado, aceptó la declinatoria de competencia por razón del territorio y la cuantía para conocer y decidir la causa, por cobro de bolívares derivados por daños de accidente de tránsito, que le fue deferida por el Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, mediante decisión de fecha 10 de enero de 2006 y, en consecuencia, se avocó al conocimiento de este proceso. En tal virtud, désele entrada con la nomenclatura particular de este Tribunal al expediente y el curso de Ley correspondiente. Ofíciese lo conducente al Tribunal declinante. Se advierte a las partes que en el tercer día de despacho siguiente a la fecha de la presente decisión, la presente causa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Tribunal emitirá pronunciamiento expreso sobre la validez o no de las actuaciones procedimentales efectuadas por ante el Tribunal declinante y, por co.....