este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIÁNI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano: EDDIE ENRIQUE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.058.947, ratificado por la ciudadana ANA YRMA SANCHEZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.103.047. SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial . TERCERO: Por cuanto los solicitantes han manifestado que procrearon dos (02) hijas durante la unión conyugal que se nombran EDILIANA DE LAS MERCEDES M.....