este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nro 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de WILLIAM JOSÉ LÓPEZ VILLACOD, titular de la cédula de identidad Nº 11.914.748, residenciado en el Barrio San Isidro, calle 5 de Julio, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 en concordancia con el artículo 108, ordinal 5° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ANTONIO MARÍA CAICEDO, titular de la cédula de identidad Nº E-80.857.644, residenciado en al final de la avenida 19, calle 5 de Julio, casa N° 18-25, Barrio San Isidro, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 415 en concordancia con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal y artículos 318, numeral 3°, 48, nu.....