´DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de la defensa y del acusado, y en tal sentido, se admite el la fórmula alternativa a la prosecución del proceso consistente en acuerdo reparatorio, consistente en la restitución a la víctima de un teléfono celular valorado entre ciento diez dólares americanos (110$) y ciento treinta dólares americanos (130$), en el lapso de un mes, conforme al artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 41 y 42 eiusdem. En tal sentido, se acuerda suspender el proceso al ciudadano JHON GERARDO GUTIÉRREZ ZERPA, ya identificado, por el lapso de un (01) mes, por lo cual se fija audiencia de veri.....