L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano Leopoldo Efrain Camejo Febres, asistido por los abogados Fidel L. Monsalve M., y Damaris Molina C.; Por Resolución de Contrato de Arrendamiento y Cobro de Bolívares; CONTRA la Sociedad Mercantil Farmacia La Luna de la Urdeneta C.A., en la persona de su presidente y fiador solidario Homero Lobo.
Segundo: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se resuelve el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes de fecha 24-01-2007; en consecuencia se le autoriza al ciudadano Leopoldo Efraín Camejo.....