DECISION
	ESTE  TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE  DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE  MÉRIDA,  EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE EL SIGUIENTE  PRONUNCIAMIENTO: ÚNICO: De conformidad con lo establecido en el artículo 561 parte infine de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, fija el lapso de cuarenta (40) días  para que la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público presente el respectivo acto conclusivo de la presente causa penal, esto es hasta el día SABADO VEINTIDOS DE OCTUBRE  DE DOS MIL VEINTIDOS (22-10-2022),. Así mismo se acuerda librar oficio a la Fiscalía Décima  Segunda del Ministerio Público a los fines de que remita a este despacho judicial la causa signada con el N° C1-8428-2022, a los fines de resolver solicitud presentada por el defensor Privado Abg. José Antonio Páez. En consecuencia, líbrese ofici.....