En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda con lugar la aprehensión del ciudadano JOSE GREGORIO GORDILLO MARTINEZ, suficientemente identificado, por considerar llenos los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en concordancia con el artículo 44, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.
Notifíquese a las partes de la siguiente decisión, y ofíciese a los principales Cuerpos de Seguridad del Estado, así mismo librese la correspondiente orden de captura.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL NRO. 06
Abog. ERNESTO JOSÉ CASTILLO SOTO
LA SECRETARIA
Abg. MARIA EUGENIA MOTEZUMA