Primero: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ANA JULIA MORA GONZALEZ en contra la ciudadana NANCY ANGELICA LECCA DE FERNANDEZ PRADO, ambas partes identificadas en autos.
Segundo: Se condena a la parte demandada ciudadana NANCY ANGELICA LECCA DE FERNANDEZ PRADO, a pagarle a la ciudadana ANA JULIA MORA GONZALEZ, la cantidad MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN BOLIVAR CON VEINTINUEVE CENTIMOS (Bs. 1.771,29).
Tercero: Se condena a la parte demandada antes identificada, a pagar a la demandante los intereses sobre prestación de antigüedad, cuyo monto se determinará mediante experticia complementaria del fallo, la cual deberá realizarse por un único experto designado por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, considerando las tasas de interés fijados por el Banco Central de Venezuela, tomando en cuenta desde el 04/06/2008 (fecha de ingreso) hasta el 27/01/2009 (fecha de egreso), de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, la canti.....