"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada, en fecha 14 de octubre de 2.009, por ante este Juzgado, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio de Cumplimiento de Contrato de Venta con Reserva de Dominio intentado por Abgs. Juan Pedro Quintero Moreno y Daniel Enrique Quintero Sutil, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil..."