Finalizada la audiencia, oído lo expuesto por la Fiscal Décima Octava del Ministerio Público, la Defensora Pública Especializada, los imputados y las progenitoras de los adolescentes, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: Primero: se homologa la conciliación propuesta y por ende, se suspende el proceso a prueba. Segundo: A los fines de reparar el daño social ocasionado se le establece a los imputados (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), obligaciones de hacer y no hacer. Tales obligaciones de hacer y no hacer, serán cumplidas por los imputados, dentro del lapso de ocho (8) meses, de tal manera, en el presente caso se suspende el proceso a prueba por el lapso de ocho (8) meses, contados a partir de la f.....