DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: De conformidad con la Sentencia Vinculante Nº 537 de la Sala Constitucional, escuchadas las solicitudes de la Defensa y del Ministerio Público este Tribunal considera que los elementos de convicción presentados por el Ministerio Público son suficientes y por tanto se ADMITE LA IMPUTACIÓN en contra del ciudadano LASME ANTONIO RAMIREZ CUELLAR por el delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA previsto y sancionado en el encabezamiento y segundo aparte del artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ANA BELKIS MEJIAS PUENTES.
SEGUNDO: Se ratifican.....