declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano CESAR AUGUSTO LARIOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.898.940, domiciliado en esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, y civilmente capaz, y reconocida por la ciudadana YUSDARIS MARIA OROZCO SARABIA, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.844.053, domiciliada en la calle 4, casa Nro. 4-87, de este Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente capaz.