Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 2 de julio de 2018, por el abogado OSCAR RAMÓN SOSA ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano RAMÓN PEÑA PÉREZ, contra la sentencia definitiva de fecha 21 de junio del año en curso, proferida por el JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.Se declaró CON LUGAR la demanda interpuesta el 7 de mayo de 2013, ante el mencionado Tribunal, por la ciudadana MARTHA LEONOR RIVERA DE RIOS, en su carácter de Gerente - Propietaria de la empresa mercantil "INMOBILIARIA 92 C.A", asistida por el abogado LUIS JOSÉ SILVA SALDATE, por cumplimiento de contrato por vencimiento de prórroga legal, sobre el inmueble identificado en esta sentencia.