DECISIÓN
Por tales consideraciones, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 2 y 58 de la Ley de Régimen Penitenciario, concede permiso al RESIDENTE LUIS ALBERTO PACHECO, le concederá el permiso a compartir con sus familiares, desde el veinticuatro (24) hasta el día veinticinco (25) de Diciembre de 2006 inclusive, retornando el veintiséis (26) de Diciembre de 2006, al Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor R.; y del treinta y uno (31) de Diciembre de 2006, al primero (1) de enero del año 2007, debiendo reingresar el dos de enero del año dos mil siete (02-01-07) , al mismo Centro de Tratamiento comunitario, en consideración a las fiestas navideñas y fin de año. La dirección donde pernoctara el resi.....