El Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Redime la pena impuesta al Johan Antonio Romero Peña (ya identificado), en un (01) año, siete (07) meses, once (11) días y doce (12) horas. 2) Declara que el ciudadano Johan Antonio Romero Peña (ya identificado) ha cumplido hasta la presente fecha (19/12/2017), un total de penal de doce (12) años, tres (03) meses y veintiún (21) días de prisión, y siendo que la pena principal definitiva es de doce (12) años y nueve (09) meses de prisión: le resta por cumplir de cinco (05) meses y nueve (09) días de prisión, que se cumplen en forma definitiva el 28 de mayo de 2018. 3) Declara que el penado de autos, no opta a ninguna de las medidas alternas de cumplimiento de la pena, como consecuencia de la revocatoria de la medida de régimen abierto. Así se decide.